01Qué es RADIAN y qué norma lo regula
RADIAN es el Registro de la Factura Electrónica de Venta como Título Valor. Según la DIAN, es la plataforma que lleva la hoja de vida de las facturas electrónicas que circulan como título valor, junto con los eventos asociados a ellas. Cuando una factura cumple los requisitos del Código de Comercio y del Decreto 1074 de 2015, puede transferirse a un tercero, por ejemplo en operaciones de factoring.
La norma que regula el registro y sus eventos es la Resolución DIAN 000085 del 8 de abril de 2022, que derogó la Resolución 000015 de 2021. Las reglas de fondo sobre la aceptación están en el artículo 2.2.2.53.4 del Decreto 1074 de 2015, que remite a los artículos 772, 773 y 774 del Código de Comercio.
Aunque el nombre habla de título valor, los dos primeros eventos también tienen efectos tributarios, como verás más abajo. Por eso le interesan tanto al área financiera como al contador que causa las compras.
02Los eventos de la factura electrónica, uno por uno
El instructivo de RADIAN de la DIAN enumera más de veinte eventos, la mayoría relacionados con la circulación del título (endosos, avales, mandatos, pagos). Los que afectan el día a día de las compras son estos cinco:
| Evento | Para qué sirve | Quién lo genera |
|---|---|---|
| Acuse de recibo de la factura | Deja constancia de que el adquirente recibió la factura electrónica. | Adquirente |
| Recibo del bien o prestación del servicio | Deja constancia electrónica de que se recibió la mercancía o se prestó el servicio, con el nombre, la identificación o la firma de quien recibe y la fecha. | Adquirente |
| Aceptación expresa | El adquirente acepta por medios electrónicos el contenido de la factura dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo de la mercancía o del servicio. | Adquirente |
| Reclamo | El adquirente objeta el contenido de la factura. Se hace por escrito en documento electrónico, dentro del mismo plazo. | Adquirente |
| Aceptación tácita | Registra que la factura quedó aceptada porque no hubo reclamo en el plazo. | Emisor |
El orden lógico es acuse de recibo, luego recibo del bien o servicio y, por último, aceptación expresa o reclamo. Si no hay reclamo a tiempo, el emisor puede registrar la aceptación tácita.
03Plazo de la aceptación tácita
El artículo 2.2.2.53.4 del Decreto 1074 de 2015 dice que la factura electrónica, una vez recibida, se entiende irrevocablemente aceptada en dos casos:
- Aceptación expresa: cuando el adquirente la acepta por medios electrónicos dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo de la mercancía o del servicio.
- Aceptación tácita: cuando no reclama al emisor contra su contenido dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la mercancía o del servicio.
Fíjate en que el plazo se cuenta desde el recibo de la mercancía o del servicio, no desde la llegada del correo con la factura. Por eso el evento de recibo del bien es tan importante: marca el inicio del conteo.
04Eventos y factura como título valor
Para inscribir una factura en RADIAN como título valor, el artículo 7 de la Resolución 000085 exige, además de los requisitos de los artículos 621 y 774 del Código de Comercio y la fecha de vencimiento, que existan el acuse de recibo, el recibo del bien o servicio y la aceptación, expresa o tácita.
- La factura solo puede circular una vez haya sido aceptada, expresa o tácitamente (art. 2.2.2.53.6 del Decreto 1074 de 2015).
- Una factura que no esté registrada en RADIAN no puede circular en el territorio nacional, aunque eso no impide que se constituya como título valor según la normativa comercial (art. 31 de la Resolución 000085).
- Una vez aceptada, ya no se pueden inscribir notas débito ni notas crédito asociadas a esa factura (parágrafo 3 del art. 2.2.2.53.4).
Este último punto tiene consecuencias contables: si hay un descuento o una devolución pendiente con el proveedor, conviene resolverlo antes de que la factura quede aceptada.
05¿Se necesitan los eventos para costos, deducciones e IVA descontable?
Aquí está el punto que más le importa al contador. El artículo 616-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, dispone que cuando la venta se hace con factura electrónica y la operación es a crédito o con plazo para el pago, el adquirente debe confirmar mediante mensaje electrónico el recibido de la factura y de los bienes o servicios.
La misma norma agrega que, cuando el adquirente envía esos dos mensajes, la factura se constituye en soporte de costos, deducciones e impuestos descontables. En otras palabras, para las compras a crédito los eventos que cuentan son el acuse de recibo y el recibo del bien o servicio.
La factura, en todo caso, no depende de los eventos para existir: se entiende expedida cuando la DIAN la valida y se entrega al adquirente (art. 616-1 ET).
Sobre el momento de enviarlos hubo un cambio importante. La DIAN sostuvo en el Oficio 908749 de 2022 y en los Conceptos 2999 y 7058 de 2024 que los mensajes debían enviarse antes de presentar la declaración de IVA en la que se pedía el descontable. El Consejo de Estado anuló esos actos en sentencia del 10 de julio de 2025 (radicado 11001-03-27-000-2024-00079-00, 29509), por considerar que ese plazo no está en la ley.
Después del fallo, la DIAN precisó su posición en el Concepto 15517 del 7 de noviembre de 2025:
- El requisito del art. 616-1 sigue vigente: en compras a crédito o con plazo, los dos mensajes son un requisito documental obligatorio para que la factura soporte costos, deducciones e impuestos descontables.
- No existe un plazo legal específico para enviarlos, y enviarlos tarde no implica perder automáticamente el descontable, siempre que se cumplan los demás requisitos sustanciales.
- La falta definitiva de los mensajes sí puede generar una valoración negativa en una fiscalización, que debe analizarse caso por caso.
06Cómo gestionar los eventos en la práctica
Los eventos se transmiten con un software habilitado en RADIAN. Según el instructivo de la DIAN, un facturador electrónico puede hacerlo en operación directa, con un software propio habilitado, o en operación indirecta, asociando el software de un proveedor tecnológico, un factor o un sistema de negociación electrónica ya habilitado. Muchos programas contables y de facturación incluyen esta función.
- Identifica las compras a crédito. Son las que exigen acuse y recibo del bien para efectos tributarios. Una buena práctica es revisar cada mes el listado de facturas recibidas de la DIAN, como se explica en cómo descargar facturas electrónicas de la DIAN.
- Registra el acuse de recibo cuando llega la factura.
- Registra el recibo del bien o servicio cuando la mercancía llega o el servicio se presta, con el nombre o la identificación de quien recibe y la fecha.
- Revisa el contenido a tiempo. Tienes tres días hábiles desde el recibo para aceptar o reclamar. Pasado ese plazo sin reclamo, la factura queda aceptada.
- Concilia con la causación. Cruza las facturas con eventos completos contra las compras registradas en la contabilidad, para que el costo y el IVA descontable estén soportados al cierre.
En Flipp, los eventos RADIAN se pueden enviar a través de la integración con Taxxa cuando el cliente la activa. Además, Flipp descarga de la DIAN las facturas recibidas de cada cliente y las deja listas para la causación de compras, lo que facilita ver qué falta por gestionar.
07Preguntas frecuentes
¿Los eventos son requisito para expedir la factura electrónica?
No. La factura se entiende expedida cuando la DIAN la valida y se entrega al adquirente. En operaciones a crédito o con plazo, los mensajes de acuse de recibo y de recibo del bien o servicio son un requisito documental para que la factura soporte costos, deducciones e impuestos descontables, sin un plazo legal específico para enviarlos.
¿Cuántos días hay para aceptar o reclamar una factura?
Tres días hábiles siguientes al recibo de la mercancía o del servicio. Si en ese plazo el adquirente no reclama, la factura queda aceptada tácitamente y el emisor deja constancia de ese hecho en el RADIAN.
¿Quién registra la aceptación tácita?
El emisor o facturador electrónico. El Decreto 1074 de 2015 le asigna dejar constancia electrónica en el RADIAN de los hechos que dan lugar a la aceptación tácita, y esa constancia se entiende hecha bajo la gravedad de juramento.
¿Flipp puede enviar los eventos RADIAN?
Sí, a través de la integración con Taxxa, cuando el cliente la activa. Flipp también descarga de la DIAN las facturas recibidas de cada cliente, lo que ayuda a identificar cuáles requieren eventos.
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- Resolución DIAN 000085 de 2022 (Normograma DIAN)
- Decreto 1074 de 2015, arts. 2.2.2.53.4 y 2.2.2.53.6 (Normograma DIAN)
- Estatuto Tributario, art. 616-1 (Secretaría del Senado)
- DIAN: Concepto 15517 de 2025, alcance de la sentencia del Consejo de Estado del 10 de julio de 2025 (Normograma DIAN)
- DIAN: Concepto 7058 de 2024, con nota de vigencia de nulidad (Normograma DIAN)
- DIAN: Instructivo de uso de la plataforma RADIAN
Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un profesional. Verifica siempre la norma vigente en las fuentes oficiales.